Código de buen gobierno y buenas prácticas de gestión

SUMARIO 

  • Respeto a las personas
  • Respeto a la vida privada y protección de los datos de carácter personal
  • Respeto a la higiene, la seguridad y al medio ambiente
  • Confidencialidad y protección de informaciones sensibles
  • Preservación de la imagen
  • Participación en la vida política y asociativa
  • Seguridad en las relaciones con los proveedores
  • Dispositivos de alerta

  

RESPETO A LAS PERSONAS

Objetivo: Promover y asegurar el mantenimiento del respeto y de la dignidad de las personas con las que el personal de la Fundación interactúa, así como promover y asegurar el mantenimiento de un ambiente de trabajo estimulante, creativo y no discriminatorio para el conjunto de los colaboradores, respetando la diversidad y la dignidad del individuo.

La Fundación NEUROPOLIS:

– Se compromete a cumplir con los más altos estándares de respeto a la dignidad de las personas que tienen relación con el personal de la Fundación. En especial, su acción se basará en el respeto a la decisión de los pacientes sobre conocimiento de su diagnóstico, seguimiento de su tratamiento, uso de los centros de la unidad de atención diurna y participación voluntaria en proyectos de investigación.

– Considera denigrantes el ensañamiento terapéutico y cualquier práctica que pueda aumentar el sufrimiento de las personas, sin mejora real y constatable de su estado de salud.

– Respeta las decisiones de los pacientes, y de las personas legítimamente y legalmente capacitadas a tomar decisiones en su nombre, en relación al proceso de final de vida.

– Establece que su personal tiene el deber de vigilar, de adaptar y poner al día todas las informaciones que se comunican a los pacientes, o a sus familiares o cuidadores en caso de que proceda, respecto a la calidad, eficacia, eficiencia y seguridad de un medio diagnóstico o de un tratamiento.

– Favorece la igualdad de oportunidades de cada uno de los colaboradores o candidatos en materia de reclutamiento, de acceso a la formación, de remuneración, de protección social y de evolución profesional. Sólo las competencias, la experiencia y las aptitudes personales serán tomadas en consideración,

– Prohíbe cualquier forma de discriminación en razón de género, edad, origen, religión, orientación sexual, estado de salud o situación de hándicap.

– Prohíbe cualquier comportamiento que atente contra la dignidad del individuo y en particular, cualquier tipo de persecución, sea cual sea la forma que adopte.

 

La Fundación NEUROPOLIS:

– Se compromete a cumplir con los más altos estándares de respeto a la dignidad de las personas que tienen relación con el personal de la Fundación. En especial, su acción se basará en el respeto a la decisión de los pacientes sobre conocimiento de su diagnóstico, seguimiento de su tratamiento, uso de los centros de la unidad de atención diurna y participación voluntaria en proyectos de investigación.

– Considera denigrantes el ensañamiento terapéutico y cualquier práctica que pueda aumentar el sufrimiento de las personas, sin mejora real y constatable de su estado de salud.

– Respeta las decisiones de los pacientes, y de las personas legítimamente y legalmente capacitadas a tomar decisiones en su nombre, en relación al proceso de final de vida.

– Establece que su personal tiene el deber de vigilar, de adaptar y poner al día todas las informaciones que se comunican a los pacientes, o a sus familiares o cuidadores en caso de que proceda, respecto a la calidad, eficacia, eficiencia y seguridad de un medio diagnóstico o de un tratamiento.

– Favorece la igualdad de oportunidades de cada uno de los colaboradores o candidatos en materia de reclutamiento, de acceso a la formación, de remuneración, de protección social y de evolución profesional. Sólo las competencias, la experiencia y las aptitudes personales serán tomadas en consideración,

– Prohíbe cualquier forma de discriminación en razón de género, edad, origen, religión, orientación sexual, estado de salud o situación de hándicap.

-Prohíbe cualquier comportamiento que atente contra la dignidad del individuo y en particular, cualquier tipo de persecución, sea cual sea la forma que adopte.

 

Respeto a la vida privada y protección de los datos de carácter personal

Objetivo: La protección de los datos de carácter personal es un derecho fundamental, que asegura el respeto de la vida privada de los colaboradores y de las personas que tienen interrelación con la Fundación.

La Fundación NEUROPOLIS entiende que:

– Todos los empleados, así como las terceras personas con las que la Fundación se relaciona (pacientes que participan en ensayos clínicos, médicos, representantes de la comunidad científica, proveedores, etc.), tienen derecho al respeto de su vida privada y, por ello, se compromete a la protección de sus datos de carácter personal.

– Un dato de carácter personal es cualquier información que permita identificar, directa o indirectamente, a una persona física (nombre, fecha de nacimiento, número de documento sanitario, fotografía, dirección de correo electrónico, identificación informática, etc.).

– La protección de los datos de carácter personal garantiza a la persona un derecho individual de control sobre la recogida, tratamiento, uso, difusión y almacenamiento de los datos.

– Estos datos deben ser custodiados y utilizados de forma leal y para un objetivo preciso, explícito y legítimo y sólo deberán conservarse durante el tiempo necesario para los fines del estudio o tratamiento implicados.

– Se compromete a asegurar la seguridad de los datos tratados.

 

RESPETO A LA HIGIENE, LA SEGURIDAD I EL MEDIO AMBIENTE

Objetivo: Asegurar la seguridad y proteger la salud de los empleados, optimizar la seguridad de las instalaciones y respetar el medio ambiente.

La Fundación NEUROPOLIS:

– Limitará los impactos de su actividad sobre el medio ambiente. La Fundación deberá determinar las medidas para disminuir el consumo de recursos naturales (agua, electricidad, gas, papel, etc.).

– Deberá tomar medidas concretas con respecto al tratamiento de residuos sólidos y líquidos, especialmente los de origen biológico, respetando escrupulosamente la legislación vigente.

– Promoverá entre sus proveedores o subcontratados la aplicación de las reglas de seguridad y de protección del medio ambiente.

 

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE INFORMACIONES SENSIBLES

Objetivo: Proteger las informaciones sensibles y confidenciales.

La Fundación NEUROPOLIS considera que:

– Cualquier información que no sea pública debe ser protegida, incluso más allá de la estricta obligación formal de secreto, tanto si se trata de informaciones relativas a la propia Fundación, como si es relativa a los empleados o a terceros.

– Es necesario asegurar la protección de estas informaciones sensibles y examinar, detenidamente y caso por caso, las situaciones en que se debata sobre la conveniencia de hacer difusión fuera de la Fundación.

– Constituyen ejemplos de informaciones privilegiadas las relativas a los resultados financieros, a los proyectos de inversión y los resultados significativos de ensayos clínicos, entre otros.

 

PRESERVACIÓN DE LA IMAGEN

Objetivo: Es preciso hacer un uso responsable de las nuevas redes de comunicación.

La Fundación NEUROPOLIS establece que:

– Sólo los colaboradores debidamente habilitados por la Dirección están autorizados a comunicar, en nombre de la Fundación, sobre sus actividades y expectativas.

– Todos los colaboradores deberán ser respetuosos con la Fundación y con terceros en caso de utilización de las redes sociales, aunque lo hagan con carácter individual.

– Los colaboradores externos o suministradores de contenidos también deberán respetar estos principios.

 

PARTICIPACIÓN EN LA VIDA POLÍTICA Y ASOCIATIVA

Objetivo: Ser considerados como una entidad cívica y al servicio de la ciudadanía.

La Fundación NEUROPOLIS establece que:

– Ningún colaborador o representante de la Fundación está habilitado para comprometer, directa o indirectamente, la Fundación en una actividad de apoyo, sea de la naturaleza que sea, a un determinado partido o coalición electoral o a hacer valer su relación con la Fundación en el marco de actividades políticas.

– No está autorizado el uso de recursos de la Fundación o la donación o el establecimiento de contribuciones financieras de cara a apoyar, en la forma que sea, directa o indirectamente, a las actividades de grupos políticos, cargos públicos o candidatos a cargos públicos, en cualquier nivel de representación.

 

SEGURIDAD EN LAS RELACIONES CON LOS PROVEEDORES

Objetivo: Que los proveedores respeten los estándares éticos de la Fundación.

La Fundación NEUROPOLIS pide:                                                                               

– Al conjunto de sus proveedores que respeten los estándares éticos más elevados en el marco de sus actividades.

-En el campo de los derechos humanos y de las condiciones de trabajo, la Fundación quiere que sus proveedores respeten los principios de la convención de la Organización Internacional del Trabajo y, especialmente, los relativos al trabajo de los niños, el trabajo forzado, los horarios de trabajo, a las condiciones de remuneración, a la libertad sindical y de expresión, y a la igualdad de oportunidades.

– En el campo de la higiene, de la seguridad y del medio ambiente, la Fundación pide a sus proveedores que garanticen a sus empleados las condiciones dignas de higiene y de seguridad.

-A sus proveedores que respeten las leyes y reglamentos internacionales en materia de lucha contra la corrupción.

 

DISPOSITIVOS DE ALERTA

Objetivo: Hacer eficaz el respeto a los derechos y deberes de los empleados.

La Fundación NEUROPOLIS estima que:

– Si un colaborador considera, de buena fe, que una legislación, un reglamento o  alguno de los principios enunciados en este Código Ético está siendo violado o a punto de serlo, puede, respetando las reglas aplicables, comunicarlo a su superior jerárquico o, si no obtiene o considera que no obtiene una respuesta satisfactoria, a la Presidencia del Patronato.

– No podrá adoptarse ninguna sanción ni medida de discriminación respecto de este colaborador, siempre que haya actuado de buena fe, sin ninguna intención de hacer daño, aunque los hechos constitutivos de la alerta se demuestren inexactos o que no supongan ninguna acción, por desistimiento.